miércoles, 16 de julio de 2008

Condenan a 2 y 3 años de cárcel a dos primos que se pelearon por un perro

La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos y tres años de cárcel a dos primos, que, según la sentencia, sus vecinos definen como "más bien bestias", que se pelearon en un bar de Brenes por el perro propiedad de uno de ellos.

La sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, explica que la pelea ocurrió sobre las 7.35 horas del 30 de mayo de 2004, cuando los dos primos entablaron una discusión, seguida de pelea, porque S.L.M. cogió por el cuello al perro propiedad de su primo M.M.N.

Los dos hombres se acometieron mutuamente y S.L.M. golpeó a su primo M.M.N. con un taburete del bar de más de un metro de altura y patas metálicas que causó a la víctima una fractura del hueso metacarpiano de la mano y un esguince de tobillo.

Más graves fueron las lesiones sufridas por S.L.M., que fue agredido con una navaja o similar y sufrió una herida punzante en el tórax y otra herida cortante en el pómulo izquierdo y nariz, de las que tardó en curar 45 días y por las que estuvo tres días hospitalizado.

La sentencia recoge como lesiones más graves las sufridas por S.L.M., pues según los jueces en el juicio se pudo apreciar la deformidad que causa a la víctima "una cicatriz que le cruza el rostro desde el pómulo izquierdo hasta la nariz", por mucho que su oponente tratara de restarle importancia diciendo que le había quedado "un arañazo".

El fallo ha sido recurrido ante el Tribunal Supremo porque ambos acusados solicitaron la libre absolución respecto a la pena de cárcel, aunque en el apartado de las indemnizaciones los dos renunciaron expresamente a ellas.

La sentencia afirma que la pelea fue "una riña mutuamente aceptada" y destaca que se trató de un episodio "muy violento" pues todos los parroquianos del bar lo abandonaron, incluidos la dueña del negocio y su marido, "más aún siendo conocedores de sus temperamentos, más bien bestias" como los calificó uno de los testigos.

Los jueces no aplican a ninguno de los procesados la atenuante de embriaguez, ya que "fueron ellos exclusivamente quienes afirmaron en el plenario que se encontraban muy bebidos", pero sin ninguna corroboración.

Así, los guardias civiles que intervinieron tras la pelea no notaron ningún síntoma de borrachera y un parroquiano "llegó a añadir que no estaban tan alterados como otras veces los había visto en la discoteca".

Por último, apunta la sentencia que el hecho de que M.M.N. abandonase el lugar subido en su moto y con el perro "no viene sino a confirmar que ese estado de intoxicación que sostiene no era tal".

© Joly Digital, Diario de Sevilla, 16/07/2008

No hay comentarios:

Ventana de Brenes [Brenes - Sevilla - España]

©2007 - 2011 Ventana de Brenes. Todos los derechos reservados en base a la Licencia Reconocimiento - No Comercial - Sin obra derivada 2.5 España de Creative Commons.